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Legajo de Ejecución Nº EP01 - IMPUTADO: SASSONE, SERGIO EZEQUIEL s/CONDENA

Conflicto de competencia negativa entre juzgados de ejecución penal: la Cámara de Casación resuelve que el Juzgado Nacional de Ejecución Penal n° 1 debe continuar a cargo del caso por razones de economía procesal y mejor conocimiento del condenado.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Nación resolvió una cuestión de competencia negativa suscitada entre el Juzgado Nacional de Ejecución Penal n° 5 y el Juzgado Nacional de Ejecución Penal n° 1, ambos de esta ciudad, con relación a la causa n° CCC 34907/2019/TO1/EP1/CNC1. La Cámara, siguiendo el criterio expuesto en casos anteriores, consideró que corresponde que el Juzgado Nacional de Ejecución Penal n° 1 continúe a cargo de la causa, dado que dicho juez ya había tenido previo y mejor conocimiento del condenado. Esto se presenta como la solución más adecuada por razones de economía procesal y en virtud de los arts. 5 y 6 de la Ley 24.660, que constituyen la guía rectora de la ejecución de las penas privativas de libertad, en la medida en que el juez Pérez Arias está en mejores condiciones de supervisar el tratamiento personalizado e individualizado del condenado, y el avance en los períodos y fases de la progresividad de la ejecución de la pena impuesta.

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