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Legajo de Ejecución Nº EP01 - IMPUTADO: VARGAS LEIS, WILLIAM JOSE s/CONDENA

Tribunal Oral de Menores n°1 debe continuar conociendo causa por cómputo de pena de sentencia de condena.

Competencia Sentencia de condena Computo de pena Tribunal oral de menores Juzgado de ejecucion penal


¿Quién es el actor?

No aplicable, es una cuestión de competencia entre tribunales.

¿A quién se demanda?

No aplicable.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Determinar la competencia entre el Tribunal Oral de Menores n°1 y el Juzgado Nacional de Ejecución Penal n°1 para realizar el cómputo de pena de la sentencia de condena.

¿Qué se resolvió?

Se declara que corresponde al Tribunal Oral de Menores n°1 continuar conociendo la causa para realizar el cómputo de pena, de conformidad con lo establecido en el art. 493 del CPPN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El art. 493 del CPPN dispone que el juez o tribunal que dictó la sentencia de condena es quien debe practicar el cómputo de pena y fijar su fecha de vencimiento.

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