Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MARIN CASTRO, CARLOS DANIEL Y OTROS s/ROBO DAMNIFICADO: CUBINO, LUCILA ANTONELLA Y OTRO
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional modificó la sentencia de primera instancia y estableció que Juana Adriana Espejo deberá responder como partícipe necesaria del delito de robo simple en grado de tentativa en dos de los hechos.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal
¿A quién se demanda?
Juana Adriana Espejo
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Robo en poblado y en banda, robo agravado por escalamiento, y robo simple en tentativa
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la calificación de dos de los hechos, descartando las agravantes de "banda" y "escalamiento", y fijó la pena en 3 años de prisión condicional.
Los fundamentos principales fueron:
- La sola intervención de 3 o más personas no configura por sí la agravante de "banda" según el art. 167 inc. 2 CP. Se requiere la acreditación de una asociación con cierta permanencia y organización interna.
- Respecto del "escalamiento", existía duda razonable sobre si el sujeto debió escalar una pared de considerable altura, por lo que correspondía la figura de robo simple.
- Valorando las condiciones personales de la imputada, en particular su situación socioeconómica y antecedentes, correspondía dejar en suspenso la ejecución de la pena.
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