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Incidente Nº 1 - QUERELLANTE: RIVERO, JUAN PABLO IMPUTADO: GOVONI, MIGUEL ANGEL Y OTRO s/INCIDENTE DE REGULACION DE HONORARIOS

Letrado patrocinante solicita regulación de honorarios por contestación de vista en incidente de recurso extraordinario. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional regula los honorarios aplicando la Ley de Honorarios Profesionales.

Recurso extraordinario Incidente Ley 27 423 Honorarios profesionales Contestacion de vista


¿Quién es el actor?

Juan Pablo Rivero, representado por el Dr. Hernán C. Delucchi

¿A quién se demanda?

María Fernanda Díaz, representada por el Dr. Alejandro Sánchez Kalbermatten

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios del letrado patrocinante del querellante por contestación de vista en incidente de recurso extraordinario

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional reguló los honorarios del Dr. Hernán C. Delucchi en 20 Unidades de Medida Arancelaria (UMA), de acuerdo a lo establecido en los arts. 16 y 31 de la Ley 27.423 de Honorarios Profesionales. La Cámara analizó la aplicabilidad de la Ley 27.423 en el caso, concluyendo que correspondía aplicarla por tratarse de una tarea profesional realizada con posterioridad a su entrada en vigencia, aun cuando no hubiera regulación firme de honorarios en etapas previas. Señaló que si bien el caso tiene aristas patrimoniales, no se configuraba el supuesto del inc. e) del art. 33 de la ley, por lo que correspondía valorar la labor según los parámetros del art. 16. Finalmente, aplicó analógicamente lo establecido en el art. 31 para los recursos extraordinarios, regulando los honorarios en 20 UMA por la contestación de la vista.

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