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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: OVEJERO, GUSTAVO IVAN Y OTRO s/ENCUBRIMIENTO ART. 277 INC. 3 APARTADO B DENUNCIANTE: JUZGADO DE MENORES N° 1 C. 28415/2018, . Y OTROS

La defensa impugnó la unificación de penas realizada por el Tribunal Oral, argumentando que se valoró dos veces un mismo hecho. La Cámara de Casación confirmó la decisión al entender que no hubo doble valoración.

Revision de sentencia Recurso de casacion Concurso de delitos Unificacion de penas Art 58 cp


¿Quién es el actor?

Defensa de Cristian Leonel Zambrana

¿A quién se demanda?

Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°2

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de la unificación de penas y de los acuerdos de juicios abreviados

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Casación rechazó el recurso y confirmó la unificación de penas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El tribunal de primera instancia unificó tres condenas previas de Zambrana: una de 1 año, otra de 3 años y 6 meses, y otra de 3 años y 6 meses.
- La defensa alegó que se había valorado dos veces la causa N°5205, pero el tribunal explicó que dicha condena fue tenida en cuenta una sola vez al momento de unificar.
- El art. 58 del CP establece la obligación de fijar una pena única cuando hay varias condenas vigentes contra una misma persona, lo cual ocurría en este caso.
- La unificación realizada no implicó una doble sanción, sino la determinación de una nueva pena única que engloba las condenas previas.

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