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Legajo Nº 9 - IMPUTADO: TRAPANESI, DIEGO HERNAN s/LEGAJO DE CASACION

El interno promovió recurso de casación contra la resolución que autorizó su traslado de unidad penitenciaria. La Cámara declaró inadmisible el recurso de casación, considerando que la disposición del traslado es facultad de la agencia penitenciaria.

Recurso de casacion Regimen progresivo de ejecucion de la pena Contacto familiar Traslado de unidad penitenciaria Estudios universitarios en prision


¿Quién es el actor?

Diego Hernán Trapanesi (interno)

¿A quién se demanda?

Servicio Penitenciario Federal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación del traslado de unidad penitenciaria dispuesto por el Juez de Ejecución

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Casación Penal y Correccional declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa. Consideró que la disposición de los internos en los establecimientos carcelarios es una facultad de la agencia penitenciaria, y que en el caso se debían tener en cuenta las órdenes del juez de ejecución para garantizar la continuidad de los estudios y el contacto familiar del interno. Fundamentos principales:
- De conformidad con el precedente "Ospina Mau", la disposición de los internos en los establecimientos carcelarios es una potestad reconocida a la agencia penitenciaria.
- En el caso, se deben tener en cuenta las órdenes del juez de ejecución para garantizar la continuidad de los estudios del interno y su contacto con su hija.
- La defensa no demostró un supuesto de errónea aplicación de la ley ni la arbitrariedad de la decisión impugnada.

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