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Legajo Nº 2 - IMPUTADO: PONCE, MANUEL TIBURCIO s/LEGAJO DE CASACION

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Manuel Tiburcio Ponce contra la decisión que denegó su pedido de rehabilitación para conducir vehículos.

Rehabilitacion Recurso de casacion Incompetencia Reparacion del dano Inhabilitacion especial para conducir Educacion vial


¿Quién es el actor?

Manuel Tiburcio Ponce

¿A quién se demanda?

-

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de rehabilitación para conducir vehículos tras cumplir parte de la pena de inhabilitación especial

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso de casación interpuesto por la defensa de Ponce. La jueza de ejecución penal había denegado la rehabilitación por considerar que Ponce no acreditó haber remediado su incompetencia o que no es de temer que incurra en nuevos abusos, y tampoco acreditó la reparación del daño en la medida de lo posible.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La jueza de ejecución adoptó una interpretación correcta del art. 20 ter del Código Penal, ya que corresponde al condenado demostrar el cumplimiento de los requisitos para obtener la rehabilitación anticipada.
- Ponce cumplió con el transcurso del plazo de inhabilitación y tuvo buen comportamiento, pero no acreditó los otros dos requisitos exigidos por la norma.
- No corresponde a la jueza de ejecución ordenar la realización de cursos o acciones reparatorias, sino evaluar si el condenado cumplió con tales requisitos.

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