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Legajo Nº 1 - IMPUTADO: BARREIRA GARCIA, VICTOR ANDRES s/LEGAJO DE CASACION

Conflicto jurisdiccional por legajo de ejecución penal durante feria judicial. Cámara Nacional de Casación atribuye competencia al Juzgado de Ejecución Penal.

Feria judicial Ley 24 660 Flagrancia Ejecucion de pena Conflicto jurisdiccional


¿Quién es el actor?

No aplica

¿A quién se demanda?

No aplica
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia entre el Juzgado Nacional de Ejecución Penal Nº 5 y el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 16 para continuar con la ejecución de la pena impuesta a Víctor Andrés García Barreira.
- Decisión del tribunal: La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional atribuye la competencia para continuar con la ejecución de la pena al Juzgado Nacional de Ejecución Penal Nº 5.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El proceso se inició bajo el trámite de flagrancia y culminó con la condena firme de García Barreira a 3 meses de prisión por robo simple en grado de tentativa y reiterado.
- La Resolución Nº 61/24 de la Cámara autorizaba el sorteo de causas durante la feria judicial cuando hubiera personas detenidas y el expediente tuviera el trámite de flagrancia, lo cual aplica al presente caso.
- Una vez firme la condena, corresponde que el Juzgado de Ejecución Penal intervenga en la aplicación de la pena, de acuerdo a la Ley 24.660, y no el Juzgado de Instrucción que había intervenido previamente.

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