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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: VENIALGO, GABRIEL MARTÍN s/ABUSO SEXUAL - ART. 119 3° PARRAFO, ABUSO SEXUAL - ART. 119 1° PARRAFO, ABUSO SEXUAL - ART. 119 2° PARRAFO, VIOLACION SEGUN PARRAFO 4TO ART.119 INC A), VIOLACION SEGUN PARRAFO 4TO ART.119 INC B), VIOLACION SEGUN PARRAFO 4TO ART.119 INC F) y CORRUPCION AGRAVADA (ART.125 ULTIMO PARRAFO) DAMNIFICADO: VENIALGO, LUCÍA BELÉN

El Tribunal Oral de Menores n°3 condenó a G.M.V. por abuso sexual agravado, pero la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la sentencia.

Determinacion de la pena Abuso sexual agravado Gravemente ultrajante Ley 26 879 Capacidad de culpabilidad

Abuso sexual agravado

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa de G.M.V. y confirmó la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Oral de Menores n°3. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- El tribunal de grado valoró correctamente la prueba, en particular el testimonio de la víctima brindado en Cámara Gesell, que resultó verosímil según los informes periciales.
- La calificación legal de abuso sexual gravemente ultrajante se encuentra debidamente fundamentada, dado el grado de sometimiento y humillación de la víctima.
- La capacidad de culpabilidad del imputado, a pesar de su retraso mental leve, no se vio comprometida al momento de los hechos.
- La imposición y determinación de la pena de 4 años de prisión resulta ajustada a derecho, ponderando las circunstancias agravantes y atenuantes.
- La aplicación de la Ley 26.879 sobre Registro Nacional de Datos Genéticos se encuentra ajustada a la normativa vigente.

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