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Principal en Tribunal Oral TO01 - QUERELLANTE: DI MARCO, JUAN DIEGO Y OTRO s/QUERELLA

La Cámara Nacional de Casación anuló la resolución que declaró extinguida la acción penal por desistimiento tácito de la querella en una causa por injurias, al considerar que el tribunal debía convocar a audiencia de conciliación antes de aplicar el desistimiento.

Impulso procesal Injurias Audiencia de conciliacion Desistimiento tacito Delito de accion privada


¿Quién es el actor?

Querellante Juan Diego Di Marco

¿A quién se demanda?

Verónica Paula Sempolis

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Querella por el delito de injurias (art. 110 CP)

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Casación anuló la resolución que declaró extinguida la acción penal por desistimiento tácito de la querella.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal de grado incurrió en un error al aplicar el desistimiento tácito del art. 422 inc. 1 CPPN, cuando la ley establece que en los delitos de acción privada el tribunal debe convocar a la audiencia de conciliación prevista en el art. 424 CPPN, aun sin requerimiento de la parte. Al omitir este paso, no podía atribuirse inactividad a la querella.

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