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Legajo Nº 1 - IMPUTADO: DIAZ, ENZO JAVIER s/LEGAJO DE CASACION

La defensa de Enzo Javier Díaz interpuso recurso de casación contra la decisión que revocó la suspensión del juicio a prueba. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional casó la sentencia al considerar que la revocatoria se concretó fuera del plazo razonable.

Revocatoria Recurso de casacion Suspension del juicio a prueba Plazo razonable Control estatal Dilaciones indebidas


¿Quién es el actor?

Defensa de Enzo Javier Díaz

¿A quién se demanda?

Enzo Javier Díaz

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de casación contra la revocación de la suspensión del juicio a prueba

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Casación hizo lugar al recurso, casó la sentencia y declaró inexigible el cumplimiento de las reglas de conducta, devolviendo el caso al tribunal de origen. Los fundamentos principales son:
- El límite de tiempo a valorar para los términos del art. 76 ter del CP es el impuesto al momento de suspender el proceso a prueba.
- Una vez agotado el plazo de control, el análisis sobre el cumplimiento o no de las cargas impuestas debe ser llevado a cabo inmediatamente y sin dilaciones indebidas.
- En el caso, la revocatoria se concretó recién en febrero de 2023, luego de más de cinco años de trámite, cuando el plazo máximo legal de suspensión era de tres años.
- Las demoras en el trámite no pueden ir en detrimento del imputado, pues las cuestiones de organización y gestión interna del sistema de justicia no pueden redundar en perjuicio de la persona sometida a proceso penal.

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