Legajo Nº 11 - IMPUTADO: QUIJANO, EZEQUIEL JESÚS s/LEGAJO DE CASACION
La defensa de Ezequiel Jesús Quijano impugnó el cómputo de pena que no le computaba el tiempo que permaneció en libertad condicional. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional ordenó rehacer el cómputo para incluir dicho período como cumplimiento de pena.
¿Quién es el actor?
Defensa de Ezequiel Jesús Quijano
¿A quién se demanda?
Tribunal Oral de Menores n° 1 de la Capital Federal
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación del cómputo de pena que no contabilizaba el tiempo que Quijano permaneció en libertad condicional
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Casación hizo lugar al recurso, casó la decisión y ordenó al tribunal de origen que rehaga el cómputo de pena incluyendo el tiempo que Quijano estuvo en libertad condicional como cumplimiento de pena.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La defensa alegó que durante la excarcelación de Quijano, se le impusieron reglas de conducta asimilables a la libertad condicional, por lo que ese período debe computarse como cumplimiento de pena. El tribunal de Casación consideró que, si bien la figura es distinta, el imputado recibió un trato similar al de un condenado bajo libertad condicional, por lo que corresponde computar ese lapso como cumplimiento de pena.
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