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Incidente Nº 2 - IMPUTADO: CHIRI CADIMA , HUGO s/INCIDENTE DE EXTRAÑAMIENTO

El actor promovió demanda de extrañamiento de un extranjero condenado. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional anuló la decisión que rechazaba el extrañamiento y ordenó reenviar las actuaciones al juzgado de ejecución para que resuelva nuevamente sobre el extrañamiento.

Requisitos legales Extranjero Reenvio Ley 25 871 Extranamiento Ejecucion penal


¿Quién es el actor?

Defensa del condenado Hugo Chiri Cadima

¿A quién se demanda?

Juzgado Nacional de Ejecución Penal N° 4

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de extrañamiento del condenado Hugo Chiri Cadima

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional anuló la decisión que rechazaba el extrañamiento y ordenó reenviar las actuaciones al juzgado de ejecución para que resuelva nuevamente sobre el extrañamiento, indicando que el juzgado de ejecución había considerado elementos no previstos expresamente en la ley para denegar el extrañamiento. Los fundamentos principales fueron:
- La ley 25.871 regula el procedimiento de extrañamiento de extranjeros condenados, estableciendo causales expresas.
- El juzgado de ejecución no puede agregar otras causales no previstas en la ley para denegar el extrañamiento.
- Corresponde reenviar las actuaciones al juzgado de ejecución para que resuelva nuevamente sobre el extrañamiento conforme a lo expuesto en la presente sentencia.

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