Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ROMANO, JEAN LUCAS s/LESIONES LEVES (ART.89)
La defensa impugnó el mantenimiento de la declaración de reincidencia del acusado. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó el recurso al considerar que los requisitos legales para declarar la reincidencia se encontraban cumplidos.
¿Quién es el actor?
La defensa del acusado Gianluca Romano
¿A quién se demanda?
Poder Judicial
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación del mantenimiento de la declaración de reincidencia del acusado
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó el recurso de casación interpuesto.
Fundamentos principales:
- El artículo 50 del Código Penal establece que hay reincidencia cuando el condenado comete un nuevo delito después de haber cumplido, total o parcialmente, una pena privativa de libertad. En el caso, si bien el hecho juzgado fue anterior a las condenas anteriores, el acusado había cumplido pena como condenado en varias oportunidades previas, por lo que se cumplían los requisitos legales para mantener la declaración de reincidencia.
- El artículo 58 del Código Penal, que regula los efectos de la unificación de condenas en caso de concurso real, no resulta relevante para determinar la procedencia de la declaración de reincidencia, ya que esta última se rige por los requisitos específicos establecidos en el artículo 50 del mismo código.
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