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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CASARELLA , LUCIANO FRANCO Y OTROS s/ROBO, HURTO y AMENAZAS DAMNIFICADO: GONZALEZ, LUZ Y OTRO

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional modificó la sentencia y estableció que la pena impuesta al acusado por delitos cometidos durante la suspensión del juicio a prueba debe ser de efectivo cumplimiento.

Recurso de casacion Suspension de juicio a prueba Delito cometido durante la suspension Pena de efectivo cumplimiento


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal

¿A quién se demanda?

Diego Eduardo Dellepiani
- Objeto de la demanda: Casación de la sentencia que impuso una pena de ejecución condicional al acusado
- Decisión del tribunal: Se hace lugar al recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, se casa la resolución impugnada y se establece que la sanción impuesta al acusado debe ser de efectivo cumplimiento. Fundamentos principales:
- El acusado cometió un nuevo delito durante el plazo de suspensión del juicio a prueba que le había sido concedido, por lo que conforme al art. 76 ter del Código Penal, la pena no puede ser dejada en suspenso.
- El tribunal a quo interpretó erróneamente la ley al otorgar efectos jurídicos al desistimiento de la suspensión del juicio a prueba realizado por el acusado, pasando por alto la obligación de imponer una pena de cumplimiento efectivo en estos casos.
- La comisión de un nuevo delito durante el plazo de suspensión es suficiente para aplicar lo previsto en el art. 76 ter, sexto párrafo, sin necesidad de que la sentencia se dicte durante dicho plazo.

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