IMPUTADO: ESCAYOLA, JONATHAN GONZALO s/HURTO DAMNIFICADO: LEDESMA, RUBEN OSCAR
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional revocó la decisión que confirmaba la revocación de la suspensión del juicio a prueba, al entender que el nuevo delito cometido durante la probation no genera su revocación si la sentencia que lo acreditó se dictó fuera del plazo de la suspensión.
¿Quién es el actor?
La Defensa Oficial
¿A quién se demanda?
Jonathan Gonzalo Escayola
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de casación contra la decisión que confirmó la revocación de la suspensión del juicio a prueba concedida a Escayola
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Casación hizo lugar al recurso, casó la decisión recurrida y reenvió el caso al tribunal de origen para que se expida sobre la vigencia o extinción de la acción penal.
Fundamentos principales:
- El art. 76 ter del CP establece que la revocación de la suspensión de juicio a prueba procede por la comisión de un "nuevo delito", lo que según precedentes de la Cámara y de la CSJN (caso "Reggi") requiere la existencia de una sentencia judicial firme dictada dentro del plazo de la probation.
- En el caso, la condena por el "nuevo delito" que motivó la revocación fue dictada una vez vencido el plazo de la suspensión del juicio a prueba, por lo que no correspondía la revocación.
- La decisión de revocar la probation vulneraba la garantía del imputado a ser juzgado en un plazo razonable, máxime cuando el Juez de Ejecución ya tuvo por cumplidas las reglas de conducta.
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