Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ACOSTA AYALA, JUAN RAMÓN s/ABUSO SEXUAL - ART. 119 1° PARRAFO QUERELLANTE: ROIG, RAQUEL ELIZABETH Y OTRO
El actor alegó haber sido víctima de abuso sexual reiterado por parte de un vecino. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional modificó la calificación legal de uno de los hechos considerados como abuso sexual gravemente ultrajante.
Abuso sexual reiterado
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la condena a Acosta Ayala por abuso sexual simple y abuso sexual gravemente ultrajante, pero modificó la calificación de uno de los hechos a abuso sexual simple.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que el relato del menor resultó coherente y creíble, respaldado por testimonios de terceros y peritajes psicológicos. Descartó la teoría de la defensa sobre una confabulación por conflictos de convivencia, al analizar el inicio de la denuncia por intervención de un tercero. Respecto a la calificación de abuso sexual gravemente ultrajante, si bien se acreditó que Acosta Ayala pasó su órgano sexual por el cuerpo de la víctima, incluyendo la cola y la cara, la Cámara consideró que esa conducta no reviste la gravedad y humillación exigida por el tipo penal.
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