Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ARZAGOT, GUIDO ANTONIO s/DEFRAUDACION (ART.173 INC.15) y DEFRAUDACION INFORMATICA (ART.173 INC.16) DENUNCIANTE: SLONINSQUI, PABLO Y OTRO
El acusado interpuso recurso de casación contra la sentencia que ordenó el decomiso de bienes que le habían sido secuestrados. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional anuló la decisión recurrida y dejó sin efecto el decomiso dispuesto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- El acusado Guido Antonio Arzagot Arias fue condenado por distintos hechos de defraudación, entre los cuales se verificó la compra de diversos elementos con tarjetas de crédito ajenas.
- Luego de la condena, Arzagot solicitó la restitución de bienes secuestrados (un iPad, dos computadoras, dos teléfonos celulares y un módem), pero la jueza de primera instancia rechazó el pedido al considerar que no se acreditó la titularidad o compra lícita de esos elementos.
- La defensa recurrió en casación, argumentando que el decomiso no podía imponerse con posterioridad a la sentencia condenatoria firme.
- La Cámara Nacional de Casación hizo lugar al recurso, anuló la decisión recurrida y dejó sin efecto el decomiso, al considerar que una vez firme la sentencia, sus fundamentos no pueden ser reinterpretados ni ampliados para extender el alcance del decomiso, lo que afectaría los principios de cosa juzgada, defensa en juicio y ne bis in idem.
- Se apartó a la jueza de la causa para que el tribunal oral que siguiera en el orden de vocalía resuelva el destino de los bienes, previa vista a las partes.
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