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Incidente Nº 2 - IMPUTADO: GUEVARA DELGADO, JORGE LUIS s/INCIDENTE DE EXTRAÑAMIENTO

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó el recurso de casación y confirmó la resolución que denegó el extrañamiento del condenado extranjero al considerar que no se habían cumplido los requisitos legales.

Violencia de genero Abuso sexual Recurso de casacion Ley 25 871 Expulsion de extranjero Extranamiento Periodo de prueba Ley 24 660 Programa de tratamiento penitenciario


¿Quién es el actor?

La defensa particular de Jorge Luis Güevara Delgado

¿A quién se demanda?

Juzgado Nacional de Ejecución Penal n° 3

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de extrañamiento del condenado extranjero

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación y se confirmó la resolución que denegó el extrañamiento. El juez a quo rechazó el pedido de extrañamiento al considerar que Güevara Delgado, condenado por abuso sexual y lesiones, no había cumplido con los requisitos legales establecidos en el artículo 64 de la ley 25.871 y el artículo 17 de la ley 24.660. Señaló que, si bien existía una orden administrativa firme de expulsión, el condenado aún se encontraba transitando la fase de socialización del período de tratamiento penitenciario, por lo que no había accedido al período de prueba. La Cámara de Casación consideró correcta la decisión, ya que los requisitos legales para proceder al extrañamiento no se encontraban satisfechos. Destacó que el artículo 17 de la ley 24.660, con las modificaciones introducidas por la ley 27.375, resulta aplicable al caso, por lo que es necesario que el condenado esté incorporado al período de prueba o en condiciones de acceder a éste, extremo que aquí no se verificaba.

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