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CANOZA JORGE RAMON c/ MAPFRE ARGENTINA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo modificó la sentencia al desestimar la incapacidad psicológica otorgada.

Intereses Incapacidad fisica Accidente de trabajo Incapacidad psiquica Reaccion vivencial anormal neurotica Integralidad del resarcimiento


¿Quién es el actor?

Jorge Ramón Canoza

¿A quién se demanda?

MAPFRE Argentina ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Accidente de trabajo sufrido el 28/08/2013 mientras realizaba tareas para Pirelli Neumáticos

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia al desestimar la incapacidad psicológica otorgada al trabajador, y fijó la incapacidad física total en un 20% de la T.O. Consecuentemente, elevó el monto indemnizatorio a $378.862,97. Los fundamentos principales fueron:
- La pericia psicológica no se encuentra debidamente fundada, ya que el experto no expuso los fundamentos objetivos por los cuales concluyó sobre la existencia de una reacción vivencial anormal neurótica de grado II. Tampoco surge que se haya practicado un examen psicológico al trabajador.
- Según la normativa, sólo son indemnizables las lesiones psicopatológicas que tengan un nexo causal específico con el accidente laboral, lo que no fue acreditado en autos.
- En cuanto a la incapacidad física, corresponde fijarla en un 20% de la T.O. por secuela de esguince de tobillo izquierdo.
- Los intereses deben computarse desde la fecha del accidente, y no desde una posterior, a fin de mantener la integralidad del resarcimiento.
- Las costas de la acción desestimada por el accidente del 25/01/2012 se imponen en el orden causado.

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