RECALDE, CARMEN c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La trabajadora reclamó indemnización por accidente in itinere y enfermedad profesional. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial modificó la sentencia de primera instancia y determinó que la actora tiene una incapacidad del 20,16% en relación directa con el accidente.
Indemnización por accidente in itinere del 3/12/2015 y enfermedad profesional
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y determinó que la actora tiene una incapacidad del 20,16% en relación directa con el accidente in itinere, condenando a la demandada al pago de $169.718,16 más intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró acreditado el accidente in itinere y la existencia de secuelas físicas y psicológicas en la trabajadora, con una incapacidad del 9% por la lesión física y del 9% por la afectación psicológica, a los que se adicionaron los factores de ponderación. La demandada deberá abonar la indemnización tarifada sin el incremento del 20% de la ley 26.773 por tratarse de un accidente in itinere.
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