RAMOS, PEDRO ALEJANDRO c/ HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO S.A. s/DESPIDO
El actor demandó por despido indirecto y diversos créditos laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia, dejando sin efecto la sanción por temeridad y malicia impuesta en primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Pedro Alejandro Ramos, promovió demanda contra Hipódromo Argentino de Palermo S.A. por despido indirecto y diversos créditos laborales. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda. La demandada apeló dicha decisión. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VIII, modificó parcialmente la sentencia. Confirmó lo principal resuelto en primera instancia, es decir, el despido indirecto y los créditos laborales reclamados, al considerar acreditados los hechos denunciados por el actor con la prueba testimonial producida. Sin embargo, dejó sin efecto la sanción por "temeridad y malicia" impuesta en primera instancia, al entender que no se configuraban los supuestos excepcionales que habilitan dicha sanción. Finalmente, confirmó lo resuelto en materia de costas y honorarios, y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes en un 30% de lo que les corresponda por su actuación en la instancia anterior.
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