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PALLARES ALBORNOZ, WILMA c/ GALENO ARGENTINA S.A. s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

Trabajadora reclamó diferencias salariales por primas de asistencia, pero la Cámara confirmó que las condiciones laborales pueden diferir entre establecimientos de un mismo empleador sin que ello implique discriminación.

Discriminacion Diferencias salariales Condiciones de trabajo Igualdad de remuneracion Premio por asistencia y puntualidad

¿Qué se resolvió en el fallo?

La trabajadora Wilma Pallares Albornoz demandó a Galeno Argentina S.A. por diferencias salariales, reclamando que el premio por asistencia y puntualidad que perciben los trabajadores del Sanatorio Trinidad Palermo es más favorable que el que reciben los del Sanatorio Trinidad Mitre, donde ella presta servicios. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda, y la trabajadora apeló. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el rechazo de la demanda. Consideró que si bien ambos sanatorios pertenecen al mismo empleador, Galeno Argentina S.A., ello no implica que deban tener idénticas condiciones de trabajo, ya que se trata de establecimientos diferentes. Señaló que la igualdad salarial por igual tarea solo es aplicable cuando los trabajadores se encuentran en igualdad de condiciones, lo cual no quedó demostrado en el caso. Agregó que el hecho de que los trabajadores de un establecimiento perciban un premio por asistencia y puntualidad más favorable que el de otro, no implica necesariamente una vulneración del principio constitucional de "igual remuneración por igual tarea", dado que pueden existir diferencias históricas y operativas que justifiquen un trato diferencial.

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