CARDOZO, ARMANDO c/ ARAUCO ARGENTINA S.A. Y OTROS s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el rechazo de la acción por prescripción y la falta de acreditación del nexo causal entre las afecciones y las tareas laborales.
Accidente de trabajo
- Acción civil
¿Qué se resolvió?
- La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que declaró prescripta la acción. Señaló que el 1/4/2014 se había determinado la incapacidad del actor y conforme el art. 258 LCT, el plazo de prescripción de 2 años se había vencido cuando se inició la demanda el 8/9/2016.
- Respecto al nexo causal, si bien el perito médico informó las afecciones del actor, el tribunal consideró que el demandante no acreditó que éstas tuvieran origen en las tareas realizadas para la empleadora. Frente a la negativa de la accionada, el actor no aportó prueba suficiente para establecer la responsabilidad de la ex-empleadora.
Fundamentos relevantes:
- "Ahora bien, en primer lugar, corresponde señalar que los argumentos esbozados por el apelante en el memorial recursivo no lograr conmover los fundamentos fácticos y jurídicos expresados en el fallo de grado (cfr. art. 116 LO)."
- "Establecer la existencia o no de relación de causalidad (o concausalidad) entre dos o más hechos exige una valoración de índole jurídica en cuya formulación la prueba pericial médica tiene fundamental importancia, pero no es la única. En el caso de autos, frente a la terminante negativa de la accionada, nada hay que demuestre en forma fehaciente que el trabajo cumplido en su favor haya provocado las afecciones informadas por el experto como para establecer la responsabilidad de aquélla sobre la base del derecho común."
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