PARDO, LUIS ADRIAN c/ SEGAR SEGURIDAD S.A. s/DESPIDO
El actor impugnó el despido directo y cuestionó la naturaleza jurídica de los viáticos. La Cámara modificó la sentencia y reconoció el carácter salarial de los viáticos.
Impugnación de despido directo y cuestionamiento de la naturaleza jurídica de los viáticos
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Respecto al despido, consideró que la empleadora no acreditó los hechos que justificaran el despido. Sobre los viáticos, concluyó que tienen naturaleza salarial, en línea con la doctrina de la CSJN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
En cuanto al despido, la empleadora no probó que el actor fuera el agresor en el incidente denunciado. Sobre los viáticos, la Cámara consideró que tienen carácter salarial, de acuerdo a lo establecido por la CSJN en precedentes como "Pérez c/Disco" y "González c/Polimat", donde se interpretó que las prestaciones abonadas por el empleador tienen naturaleza salarial más allá de la denominación que se les otorgue.
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