LEZCANO, NADIA GISELLE c/ OBRA SOCIAL MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR s/DESPIDO
Empleada demandó a la obra social por despido, y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la obra social, por no superar el monto mínimo de apelabilidad. Confirmó los honorarios regulados a las partes.
Fundamentos principales:
- El valor cuestionado por la apelante, correspondiente a las indemnizaciones por despido, no supera el umbral mínimo de apelabilidad previsto en el art. 106 de la Ley Orgánica, que a la fecha era de $90.000. Por lo tanto, corresponde declarar mal concedido el recurso de apelación.
- Los honorarios regulados a las partes no se aprecian elevados, por lo que se confirman.
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