SILVA NATALIA VERONICA c/ ART INTERACCION S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
La actora reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara modificó la sentencia acotando la responsabilidad del Fondo de Reserva de la LRT a las prestaciones previstas en dicha ley.
Indemnización integral por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia, limitando la responsabilidad del Fondo de Reserva de la LRT al pago de las prestaciones previstas en dicha ley, sin perjuicio de la condena por responsabilidad civil a la ART demandada. Fundamentos principales: "De tal modo, de acuerdo con la normativa legal aplicable, únicamente recaía sobre ella la obligación de abonar dichas prestaciones. Y en modo alguno cabía imputarle una responsabilidad civil por omisiones en materia de contralor de la seguridad laboral que, en todo caso, solo podrían habérsele atribuido a la aseguradora de riesgos del trabajo que, en su oportunidad, había contratado la empresa empleadora." "Cabe agregar que el citado art. 34 expresamente establece que el objeto de ese fondo de reserva es (a modo de reiteración) abonar o contratar "… las prestaciones de la A.R.T que éstas dejaran de abonar como consecuencia de su liquidación" de modo que, ante la ausencia de aclaración de la ley, debe interpretarse como comprensivas del capital más los intereses debidos desde la exigibilidad del crédito."
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