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BUSCETTI, LEONARDO MARTIN c/ CENTRO DE EDUCACION MEDICA E INVESTIGACIONES CLINICAS NORBERTO QUIRNO CEMIC Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y elevó los honorarios de los peritos.

Costas Honorarios Accidente de trabajo Apelacion Riesgos del trabajo

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?


- Se declaró mal concedido el recurso de EXPERTA A.R.T. S.A. por el monto cuestionado ser inapelable.
- Se confirmó la sentencia de primera instancia en lo demás, salvo la regulación de honorarios de los peritos contador y médica psiquiatra, que se elevaron al 7% respectivamente.
- Se impusieron las costas de Alzada a cargo de las demandadas.
- Se regularon los honorarios de las representaciones letradas en un 30% de lo fijado en origen.
- Fundamentos relevantes:
- El monto cuestionado por EXPERTA A.R.T. S.A. era inapelable por no superar el límite legal.
- Respecto a la codemandada CEMIC, si bien el principio es imponer costas a la parte vencida, se consideró que actuó con una razonable convicción sobre el derecho reclamado, por lo que se confirmó la imposición de costas en el orden causado.
- Los honorarios de los peritos se elevaron por considerarlos reducidos en función de la labor y su importancia para la resolución del caso.

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