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ODETTI, HUGO CARLOS c/ COMPAÑIA DE VALORES SUDAMERICANA S.A. Y OTROS s/DESPIDO

Trabajador demandó por despido y obtuvo sentencia favorable en primera instancia. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia, confirmándola en lo principal y ajustando los intereses.

Indemnizacion Intereses moratorios Responsabilidad solidaria Despido

Indemnización por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que admitió los créditos indemnizatorios derivados del despido, pero modificó lo relativo a los intereses. Dispuso que las sumas condenadas devenguen los intereses establecidos en las Actas 2601, 2630 y 2658 de la CNAT, sin perjuicio de la aplicación del art. 770 del Código Civil y Comercial. Fundamentos relevantes:
- La decisión de disolver el vínculo fue de la codemandada Boldt S.A., incumpliendo la obligación asumida en el contrato de arrendamiento de mantener las fuentes de trabajo. Esto generó la responsabilidad solidaria prevista en el art. 30 de la LCT.
- Respecto a los intereses, se consideró que el "interés punitorio" aplicado en la sentencia de grado no se encuentra justificado, debiendo aplicarse los intereses moratorios previstos en la normativa.

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