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SILVETTI, MIGUEL ANGEL c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó prestaciones por incapacidad psicológica derivada de un accidente de trabajo. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que reconoció únicamente las prestaciones por incapacidad física.

Responsabilidad objetiva Nexo causal Incapacidad psicologica Accidente de trabajo Ley 24 557

prestaciones dinerarias por incapacidad psicológica derivada de un accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que reconoció únicamente prestaciones por incapacidad física, rechazando el reclamo por incapacidad psicológica. Los jueces fundamentaron que si bien el perito médico atribuyó la afección psicológica a un factor "concausal" relacionado con el accidente, no se acreditó un nexo causal directo y específico entre el hecho y la incapacidad psicológica. Señalaron que la mera imposibilidad de adaptación a factores conflictivos de la vida no supone atribuir responsabilidad al empleador en el marco de la ley 24.557, máxime cuando la personalidad de base de la persona no puede considerarse una "concausa" que genere responsabilidad objetiva.

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