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ROSENDI, NORMA RAQUEL c/ OPSM INVESTIGACION SOCIAL CONSULTORIA Y SERVICIOS S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La trabajadora promovió demanda por despido, reclamando indemnizaciones laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia y limitó la responsabilidad solidaria de la codemandada IBOPE Argentina S.A.

Testimonio de testigos Responsabilidad solidaria Trabajo en negro Articulo 30 lct Cesion de mano de obra Encuestas


- Actora: Norma Raquel Rosendi
- Demandadas: OPSM Investigación Social Consultoría y Servicios S.A. e IBOPE Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de indemnizaciones por despido, multas y otras acreencias laborales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la condena a OPSM, pero limitó la responsabilidad solidaria de IBOPE Argentina S.A. hasta la suma de $501.326,32, excluyéndola de la condena de entregar los certificados previstos en el art. 80 LCT.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El testimonio de varios trabajadores que coincidieron con la actora acreditó que ella realizaba encuestas para IBOPE a través de OPSM, siendo esta última contratada por IBOPE para tales tareas.
- IBOPE no pudo desvirtuar su participación y responsabilidad en el vínculo laboral de la actora, por aplicación del art. 30 LCT.
- Si bien IBOPE no era la empleadora directa, debe responder solidariamente por las obligaciones reconocidas, salvo la multa del art. 80 LCT al no tener vínculo formal.

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