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MEDINA, MARIO CRISTIAN c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y fijó el inicio del cómputo de intereses desde la fecha del accidente.

Intereses Incapacidad psicofisica Accidente de trabajo Dano psiquico Ingreso base mensual

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia respecto al inicio del cómputo de los intereses. Confirmó el resto de la sentencia, incluyendo el porcentaje de incapacidad psicofísica resarcible (37,8%) y el ingreso base mensual. La Cámara consideró que:
- El dictamen pericial médico es convictivo y no se observa irrazonable el porcentaje de incapacidad fijado.
- Corresponde reconocer un 10% de incapacidad psicológica en proporción a la física.
- El ingreso base mensual fue correctamente determinado.
- Los intereses deben computarse desde la fecha del accidente (01/12/2016), y no 30 días después del alta.

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