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CARRERA, MARIA ELENA c/ JOSIMAR S.A. s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y redujo el monto de la condena.

Dano moral Tasas de interes Credito laboral Enfermedad inculpable Despido injustificado

Despido injustificado

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de condena a $270.299,82. Confirmó la decisión de hacer lugar al despido indirecto. Revocó la indemnización por daño moral otorgada en primera instancia. Fundamentos principales:
- La trabajadora cumplió con el deber de informar oportunamente su enfermedad, por lo que el empleador debió abonar los salarios por enfermedad. La omisión de hacerlo constituyó una injuria que justificó el despido indirecto.
- No se acreditó un accionar del empleador dirigido a afectar la esfera íntima de la trabajadora o menoscabar su honor o dignidad, por lo que no corresponde la indemnización por daño moral.
- Las tasas de interés aplicadas resultan adecuadas para compensar la depreciación monetaria y preservar el valor del crédito laboral.

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