PEDRAZA, RAMON CESAR c/ KIMBERLY CLARK ARGENTINA S.A. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por reconocimiento de antigüedad y diferencias indemnizatorias. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar a los reclamos del trabajador.
Reconocimiento de antigüedad y diferencias indemnizatorias
¿Qué se resolvió?
Se confirmó que el actor ingresó a trabajar en marzo de 2001, por lo que se le debe computar esa antigüedad para el cálculo de las indemnizaciones. Se confirmó que el cese encubrió un despido incausado, por lo que se le deben abonar las indemnizaciones por despido, con el recargo del art. 15 de la Ley de Empleo. Se rechazó el reclamo por aplicación del art. 9 de la Ley de Empleo por no acreditarse la comunicación a la AFIP.
Fundamentos relevantes:
- La fecha de ingreso del actor en 2001 quedó acreditada por los testimonios de sus compañeros de trabajo.
- El acuerdo de cese extintivo encubrió un despido incausado, por lo que corresponden las indemnizaciones por despido.
- Corresponde el recargo del art. 15 de la Ley de Empleo por la falta de registración del contrato.
- No procede la multa del art. 9 de la Ley de Empleo por no acreditarse la comunicación a la AFIP.
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