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SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL c/ DIMAWOL S.A. Y OTRO s/COBRO DE APOR. O CONTRIB.

El sindicato demandó por cobro de aportes retenidos y no girados. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y extendió la responsabilidad al presidente del directorio de la empresa.

Incumplimiento contractual Levantamiento del velo societario Responsabilidad del administrador Sindicato Aportes convencionales


¿Quién es el actor?

Sindicato de Empleados de Comercio de Capital Federal
- Demandados: DIMAWOL S.A. y Norma Catalina Morel Ojeda (presidente del directorio)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de aportes convencionales retenidos a los empleados y no girados al sindicato durante el período 10/2017-09/2019.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y condenó solidariamente a Norma Catalina Morel Ojeda, en su carácter de presidenta del directorio de DIMAWOL S.A., por considerar que su conducta u omisión fue la causa directa del incumplimiento de la empresa de enviar los aportes retenidos al sindicato. El tribunal señaló que, si bien las sociedades tienen personalidad jurídica diferenciada, los incumplimientos de las obligaciones societarias son decididos y ejecutados por las personas físicas que las administran, por lo que la presidenta debía responder solidariamente.

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