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MARTINEZ, ROXANA BELEN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La trabajadora reclamó incapacidad psicológica por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó aplicar los intereses según la tasa activa del Banco Nación.

Intereses Honorarios Incapacidad psicologica Accidente laboral Ley 27 348

Incapacidad psicológica por accidente laboral del 1/8/2018

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la incapacidad psicológica del 10% determinada por la pericia, pero modificó la sentencia para aplicar los intereses según la tasa activa del Banco Nación. Además, aumentó los honorarios del letrado de la actora al 17% y del perito médico a $70.000.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que la incapacidad psicológica fue debidamente reclamada por la actora y que el informe pericial estaba adecuadamente fundado. Sin embargo, entendió que la aplicación de las tasas de interés fijadas por las Actas de la Cámara era improcedente, debiendo aplicarse la tasa activa del Banco Nación según lo previsto en la Ley 27.348.

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