FERNANDEZ, SILVIA VIVIANA c/ PAMPA ENERGIA SA s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
La actora promovió demanda por restitución de retenciones del impuesto a las ganancias sobre una gratificación por cese laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Comercial confirma la sentencia que ordena restituir las sumas retenidas, al entender que dicha gratificación está exenta del impuesto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Silvia Viviana Fernández demandó a Pampa Energía S.A. (luego Petrobras Argentina S.A.) por la restitución de $30.056,67 retenidos en concepto de impuesto a las ganancias sobre una "gratificación especial por cese de pago único" de $824.536 abonada con motivo de su despido. El Juzgado de Primera Instancia acogió parcialmente la demanda y ordenó restituir la suma retenida, al entender que la gratificación por cese laboral no está alcanzada por el impuesto a las ganancias. La demandada apeló la sentencia. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Comercial confirmó la decisión de primera instancia. Consideró que la gratificación por cese laboral regulada en el art. 241 de la LCT carece de la "periodicidad que implique la permanencia de la fuente" necesaria para quedar alcanzada por el impuesto a las ganancias, conforme la jurisprudencia de la CSJN y la Circular AFIP 4/2016 que aclaró ese criterio.
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