Logo

CARRO, MARIA JESUS c/ TECNOLOGIA Y SEGURIDAD VIAL S.A. s/COBRO DE SALARIOS

La trabajadora apeló parcialmente la sentencia que resolvió su demanda por despido. La Cámara modificó la condena impuesta originalmente al empleador por la omisión de ingresar aportes previsionales.

Despido Aportes previsionales Proporcionalidad de la sancion Multa conminatoria Omision de deposito


- Actora: María Jesús Carro
- Demandada: Tecnología y Seguridad Vial S.A. (TYSV)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de indemnizaciones por despido y otros créditos laborales

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, pero modificó el monto de la condena por la omisión de ingresar aportes de seguridad social. Estimó que la sanción prevista en el art. 132 bis LCT (multa equivalente a un salario) resultaba desproporcionada, y la redujo a 9 salarios mensuales de la trabajadora.
- Fundamentos relevantes:
- Existieron diferencias entre los aportes retenidos por el empleador y los efectivamente ingresados a la AFIP.
- La trabajadora cumplió con el requerimiento previo exigido por el art. 1 del Decreto 146/01.
- La multa del art. 132 bis LCT debe ser proporcional a la magnitud de la infracción, sin resultar "cruel" o desmedida.
- Se consideró prudente cuantificar la multa en 9 salarios mensuales de la trabajadora.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar