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ESCOBAR, BRAIAN EMANUEL c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó indemnización por daño estético derivado de accidente de trabajo, pero la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el rechazo de la demanda por no encuadrarse en el baremo legal.

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Indemnización por daño estético derivado de accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el rechazo de la demanda. El perito médico concluyó que el actor no presentaba minusvalía demostrable, y que el daño estético no se encontraba contemplado en el baremo legal. La Cámara consideró que, conforme al régimen de la Ley de Riesgos del Trabajo, no correspondía reconocer el daño estético alegado. Fundamentos principales:
- El anexo I del decreto 659/96 que regula el baremo de la Ley de Riesgos del Trabajo, sólo contempla expresamente el daño estético en los casos de quemaduras, lesiones en cabeza/rostro y lesiones en pared abdominal. En el caso, la cicatriz del actor no le ocasionaba compromiso funcional alguno.
- Más allá del esfuerzo argumental del actor, la jurisprudencia que citó se refiere a la posibilidad de reconocer enfermedades no listadas, cuando se acredita que la causa del daño fue la tarea desempeñada, situación que no se presenta en un accidente in itinere como el del caso.

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