LOPEZ, LUIS ROBERTO c/ TECH SECURITY S.R.L. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que consideró extinguido el vínculo laboral por voluntad concurrente de las partes.
Despido
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia que consideró extinguido el vínculo laboral por voluntad concurrente de las partes, de acuerdo al art. 241 tercer párrafo de la LCT.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El magistrado de primera instancia consideró que se configuró la situación del art. 241 LCT, ya que el actor dejó de concurrir a trabajar desde el 3/12/17 y la demandada lo dio de baja en mayo de 2018, sin que el actor hubiera acreditado sus alegaciones sobre supuestos pedidos de espera y posterior intimación.
- La Cámara consideró que el tiempo transcurrido entre el último pago de salario (mayo 2018) y la primera intimación del actor (agosto 2018) confirmaba que hubo un abandono de la relación laboral por parte de ambas partes, encuadrable en el art. 241 LCT.
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