VILLARREAL CABRERA, VICTOR ALAN c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó incapacidad laboral por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y fijó la incapacidad en un 7,25% de la T.O., excluyendo la incapacidad psicológica.
Incapacidad laboral por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, fijando la incapacidad en 7,25% de la T.O. y excluyendo la incapacidad psicológica. Consideró que esta última no fue oportunamente denunciada a la aseguradora, afectando el principio de congruencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Los jueces deben recurrir a la opinión de expertos para temas técnicos que exceden sus conocimientos. El perito médico fundó adecuadamente su dictamen sobre la incapacidad física.
- La demandada no logró desvirtuar eficazmente los argumentos del juez de grado para determinar el porcentaje de incapacidad física.
- La incapacidad psicológica no fue oportunamente denunciada a la aseguradora, por lo que su consideración judicial afecta el principio de congruencia.
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