LEDEZMA, LUIS MARIA c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor obtuvo sentencia favorable en primera instancia por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión y ordenó el pago de los intereses desde la primera manifestación invalidante.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que los intereses deben computarse desde la fecha de la toma de conocimiento de la incapacidad o primera manifestación invalidante, en julio de 2014.
- Esto se fundamenta en el art. 14 bis de la Constitución Nacional, los tratados internacionales de derechos humanos y la jurisprudencia de la Sala que establece que el cómputo de los accesorios debe correr desde el evento lesivo.
- Se confirmaron los honorarios de la representación letrada del actor.
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