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OZAITA PAILAHUEQUE, ROMINA EVELIA c/ COMDATA ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La trabajadora Ozaita promovió demanda por despido discriminatorio y solicitó diferencias salariales. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Social modificó la sentencia y redujo el monto de condena, pero reconoció la indemnización por daño moral derivada del despido discriminatorio.

Dano moral Diferencias salariales Despido discriminatorio Categoria profesional Actividad sindical

Despido discriminatorio por actividad sindical y diferencias salariales por categoría.

¿Qué se resolvió?

Se confirma el despido por incumplimientos de la trabajadora pero se revoca la denegación de la indemnización por daño moral derivada del despido discriminatorio. Se reduce el monto de condena.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La empleadora no acreditó las causales de despido invocadas y tampoco probó que la actora carecía de legitimación como delegada de hecho.
- Existen indicios de que el despido se debió a la actividad gremial de la trabajadora, por lo que corresponde indemnizar el daño moral derivado del despido discriminatorio.
- No se acreditó la discriminación salarial alegada, por lo que se reduce el monto de condena.

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