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BENITEZ, CRISTIAN MARCOS c/ BERKLEY INTERNATIONAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y ajustó la fecha de inicio del cómputo de intereses.

Incapacidad laboral Accidente de trabajo Intereses moratorios Incapacidad permanente parcial Inconstitucionalidad ley 24 557

Indemnización por incapacidad laboral derivada de accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó en lo principal la sentencia de primera instancia, pero modificó la fecha de inicio del cómputo de intereses, que correrán desde el 26/09/2016. La Cámara consideró que el trabajador podía reclamar directamente ante la justicia laboral sin tener que agotar el procedimiento administrativo de las comisiones médicas de la ley 24.557, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema que declaró la inconstitucionalidad de algunos artículos de dicha ley. Respecto a la incapacidad, la Cámara desestimó el agravio de la aseguradora por considerar que el perito médico había aplicado correctamente los porcentajes previstos en la normativa. También rechazó la solicitud de aplicar el método de "capacidad restante", al entender que la aseguradora había consentido la clausura de la etapa probatoria sin cuestionar oportunamente la falta de producción de esa prueba. En cuanto a los intereses, la Cámara determinó que debían computarse a partir de los 30 días posteriores a la consolidación de la incapacidad, es decir, desde el 26/09/2016.

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