UGARRIZA, EZEQUIEL NICOLAS c/ LA EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por prestaciones previstas por las leyes 24557 y 26773, derivadas de un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la declaración de incompetencia del juzgado de primera instancia, al considerar la obligatoriedad del procedimiento administrativo ante las comisiones médicas previsto en la Ley 27.348.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- El actor inició demanda contra la ART por prestaciones derivadas de un accidente laboral ocurrido mientras prestaba servicios.
- El juez de primera instancia declaró la falta de aptitud jurisdiccional por no haberse agotado la vía administrativa previa obligatoria.
- La Cámara confirma lo resuelto, considerando que la Ley 27.348 establece un nuevo régimen de competencia territorial que desplaza la aplicación del art. 24 de la L.O. del Trabajo.
- Disiente la jueza Cañal, quien considera inconstitucional el procedimiento administrativo obligatorio ante las comisiones médicas, por vulnerar los principios de debido proceso, juez natural e independencia e imparcialidad.
- El juez Perugini vota por confirmar la resolución apelada, al entender que la Ley 27.348 fija una nueva regla de competencia territorial que debe respetarse.
- El juez Raffaghelli adhiere al voto de la Dra. Cañal.
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