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ULLOQUE, GRACIELA ANTONIA c/ COOPERATIVA DE TRABAJO BS. AS. UNA EMPRESA NACIONAL LTDA. s/DESPIDO

La actora apeló el rechazo de su reclamo por despido. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia al considerar que la relación con la demandada era de naturaleza societaria y no laboral.

Cooperativa de trabajo Relacion societaria Fraude laboral Apartamiento de la legislacion laboral Empresa recuperada


¿Quién es el actor?

Graciela Antonia Ulloque

¿A quién se demanda?

Cooperativa de Trabajo Bs. As. Una Empresa Nacional Ltda.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido

¿Qué se resolvió?

La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado el reclamo de la actora. Los principales fundamentos fueron:
- En una cooperativa de trabajo genuina, la calidad de socio excluye la de trabajador dependiente, por lo que no resultan aplicables las normas laborales.
- Sin embargo, en la práctica las cooperativas de trabajo pueden ser permeables a situaciones de fraude laboral, enmascarando relaciones de dependencia bajo su estructura societaria.
- En el caso, las pruebas incorporadas (declaraciones testimoniales y pericial contable) indicaron que la relación de la actora con la demandada era de naturaleza societaria, no laboral. Participaba activamente en las asambleas de la cooperativa y figuraba inscripta como asociada.
- Por lo tanto, el vínculo no estaba regido por la legislación laboral, sino por la normativa cooperativa.

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