Logo

RIVERO, MARIA PAOLA c/ CERVECERIA ARGENTINA S.A.ISENBECK s/DESPIDO

La actora reclamó indemnizaciones por despido con fondos remuneratorios no registrados. La Cámara modificó la sentencia aumentando los montos indemnizatorios y ordenando a la empresa que entregue los certificados laborales con la remuneración real de la trabajadora.

Despido Multa art 80 lct Tope indemnizatorio Multa art 1 ley 25 323 Salario no registrado Remuneracion real

Indemnizaciones laborales, incluyendo sumas remuneratorias no registradas

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, considerando que los $2.500 abonados fuera de recibo deben computarse como salario, y ordenó a la empresa entregar los certificados laborales con la remuneración real. Asimismo, aumentó los montos indemnizatorios. Los fundamentos principales fueron:
- Quien alega un hecho debe probarlo, y la empresa no acreditó que los $2.500 fueran viáticos. Por lo tanto, deben considerarse salario.
- Corresponde aplicar la multa del art. 1° de la Ley 25.323 por deficiente registro.
- La empresa no cumplió con la entrega de los certificados laborales conforme la verdadera remuneración, por lo que se le impone la multa del art. 80 LCT.
- Si bien se confirma la aplicación del tope indemnizatorio del art. 245 LCT, este no puede reducir la indemnización en más del 33% según doctrina "Vizzotti".

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar