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RUSSO, CRISTIAN EMANUEL c/ COMPAÑIA ARGENTINA DE MARKETING DIRECTO S.A. s/COBRO DE SALARIOS

El actor reclamó salarios caídos por negativa de tareas. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó el rechazo de la demanda por carecer de causa el reclamo de salarios donde no se prestaron servicios.

Presuncion legal Cobro de salarios Art 57 lct Art 241 lct Negativa de tareas Extincion del vinculo laboral

Cobro de salarios caídos desde octubre 2015 por negativa de tareas

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la demanda

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El actor no prestó servicios por el período reclamado, lo que surge de sus propias alegaciones y de la prueba producida.
- La ausencia de prestación de servicios por un período prolongado y la falta de alegación sobre intención de continuar la relación laboral, impiden considerar que hubo una negativa de tareas que justifique el reclamo de salarios caídos.
- Aun aplicando la presunción legal del art. 57 LCT, la carencia de causa del reclamo impide hacer lugar al mismo.
- El transcurso de casi un año entre las intimaciones del actor y la falta de manifestación sobre su intención de continuar la relación laboral, permiten tener por configurada la extinción del vínculo por voluntad concurrente de las partes, conforme el art. 241 LCT.

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