GONZALEZ, DANIEL JORGE c/ SEGURIDAD HORUS S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, considerando como mejor remuneración los montos recibidos por el empleado en concepto de alquiler del automóvil.
¿Quién es el actor?
GONZALEZ DANIEL JORGE
- Demandados: SEGURIDAD HORUS S.R.L. y GARBARINO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido injustificado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó que el despido por "abandono de trabajo" dispuesto por la demandada Seguridad Horus S.R.L. fue injustificado. Modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, considerando como mejor remuneración mensual normal y habitual la del mes de agosto de 2016 más los montos recibidos por el empleado en concepto de "alquiler del automóvil". Confirmó la solidaridad de Garbarino S.A. en virtud del art. 30 LCT y rechazó la impugnación de las multas de la ley 24.013.
Fundamentos principales:
- Para que se configure el abandono de trabajo conforme el art. 244 LCT, es necesario que quede evidenciado el propósito del trabajador de no cumplir con su prestación de servicios sin causa justificada, lo que no se verificó en el caso.
- Los montos percibidos por el empleado en concepto de "alquiler del automóvil" deben considerarse remuneración, al constituir una herramienta de labor y condición de contratación.
- Corresponde aplicar la solidaridad del art. 30 LCT a Garbarino S.A. dado que las tareas de seguridad de las mercaderías transportadas se hallaban integradas en forma permanente a su establecimiento.
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