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RENTA, NAHUEL ALEJANDRO c/ LIUBOB INFORMATICA S.R.L. s/OTROS RECLAMOS

El actor reclamó indemnización por falta de entrega de certificados de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la condena al pago de la indemnización prevista en el art. 80 de la LCT.

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Indemnización por falta de entrega de certificados de trabajo (art. 80 LCT)

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que condenó a la demandada al pago de la indemnización prevista en el art. 80 LCT.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La demandada cuestionó la condena impuesta, pero el recurso no tendrá favorable acogida.
- El actor intimó correctamente la entrega de los certificados, superados los 30 días que exige la normativa. Las interpelaciones fueron realizadas el 31/10/2017 y 4/12/2017.
- Aunque la demandada puso a disposición los certificados al contestar la demanda, la firma en los mismos fue certificada el 05/07/2018, por lo que no se encontraban disponibles en el plazo legal.
- Por lo expuesto, corresponde confirmar la condena al pago de la indemnización del art. 80 LCT.

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